viernes, 8 de enero de 2010

Declaran ilegal el alojamiento de un menor

Niños externados de unidades penales

LIMITES AL SERVICIO PENITENCIARIO

Una jueza declaró ilegal el alojamiento de un niño en un hogar religioso

La jueza de Responsabilidad Penal Juvenil Nº 1, Dra Blanca Lasca, hizo lugar a un hábeas corpus presentado por el Comité contra la Tortura de la Comision provincial por la memoria, favor de Matías, un niño que fue externado de la Unidad 33 de Los Hornos –donde vivía con su madre detenida- e internado en el Hogar Divina Luz de la localidad de Magdalena. La resolución judicial declara ilegal la privación de la libertad que viene sufriendo Matías, dispone arbitrar las medidas necesarias establecer un régimen de visitas con su madre y constata la situación irregular de otros 10 niños alojados en el Hogar Divina Luz.

En la presentación, el Comité dio cuenta de una situación habitual que sufren las mujeres detenidas junto a sus hijos: salidas e ingresos de los niños a las unidades carcelarias sin intervención de profesionales especialmente asignados para acompañar ese proceso; salidas de los niños de las unidades penales con personas que no forman parte de su vínculos familiares. Estas acciones se enmarcan en un procedimiento arbitrario e irregular llevado a cabo por el Servicio Penitenciario Bonaerense, a través del Consejo Asistido de la Unidad Penal Nº 33.

Ante esta situación, este Comité solicitó al Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil Nº 1 del Departamento Judicial de La Plata un peritaje psicológico a Matías a los fines de constatar los efectos de la desvinculación con su madre y la designación de un perito trabajador social a los fines de evaluar las actuales condiciones y régimen de alojamiento en el Hogar Divina Luz. Asimismo, fue solicitado se ordene al Consejo Asistido de la Unidad 33 de La Plata que articule su intervención con el Servicio Local de La Plata , a fin de establecer mecanismos que garanticen la vinculación familiar de los niños alojadas con sus madres en dicha unidad penitenciaria (salidas con familiares, terceros e instituciones), las externaciones, y las posteriores visitas de los niños con sus madres detenidas. Y al servicio local-zonal que intervenga en el proceso de vinculación familiar de los niños alojadas con sus madres en dicha unidad penitenciaria (salidas con familiares, terceros e instituciones). Finalmente, ordenó que se establezca un régimen de visitas entre Matías y su madre.
Matías, nació en la Unidad N º 33 con un retraso madurativo y permaneció allí junto a su madre hasta que cumplió los 5 años, sin mantener contacto con otros familiares. Desde que se encuentra permitida la convivencia de niños menores de cuatro años con sus madres alojadas en unidades del Servicio Penitenciario Bonaerense, este Comité contra la Tortura ha observado que, cuando la familia de la detenida no tiene posibilidades de retirar a los niños para pasar unos días en un ámbito distinto al encierro, organizaciones no gubernamentales (sobre todo de carácter religioso) solicitan la autorización de las madres para sacar a los niños/as de las unidades penales. Muchas detenidas que no mantienen contacto con sus familiares acceden a conceder estas autorizaciones para que sus hijos puedan conocer la vida más allá de los muros de la cárcel. En este caso, Matías había sido retirado en diversas oportunidades de la Unidad Penal por la encargada del Hogar Divina Luz de la localidad de Magdalena, donde finalmente fue externado.
El Consejo asistido de la Unidad N º 33, a partir de una autorización de la madre de Matías, dispuso su permanencia en dicho Hogar, sin dar cumplimiento a lo establecido por la Ley 13.298 de Promoción y Protección de los derechos del Niño, al Servicio Local, Zonal o a cualquier otro órgano judicial de control. Este procedimiento es carácter ilegal, lo que convierte la permanencia de Matías en una restricción arbitraria e ilegal de su libertad, tal como fue resuelto por la Jueza de Responsabilidad Penal Juvenil Nº 1, Dra. Blanca Lasca.
De estos informes, fue posible constatar que en el Hogar Divina Luz residen 10 niños, todos ellos hijos de mujeres detenidas en la Unidad N º 33. Dice el informe que la: “permanencia de los niños en el Hogar es irregular, dado que no existe documentación ni autorización legal de ningún organismo que lo acredite. No existen legajos, ni historias sociales, ni DNI de los niños. El establecimiento no posee equipo profesional, (…) el personal a cargo de la institución no posee capacitación, apelando al sentido común y a la voluntad, no teniendo registro de la responsabilidad que están asumiendo”
Respecto a Matías, señala que: “teniendo en cuenta que el niño puede comprender y conectarse rudimentariamente con su entorno, se considere que con una estimulación adecuada, con continuidad y personalizada, podrían obtenerse logros que mejoren su calidad de vida”. Que en el Hogar los niños reciben la visita de otros miembros de la iglesia evangélica, quienes “apadrinan” y toman así contacto con los niños. En el caso de Matías, la madrina es una “Doctora” de Capital Federal que le habría hecho estudios neurológicos (…)”

La resolución del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil Nº 1, resolvió favorablemente el habeas corpus presentado por este Comité, en los siguientes términos:
I.- Declarar ilegal la privación de la libertad que viene sufriendo Matías…
II. Ordenar al Consejo asistido de la Unidad Penitenciaria nº 33 articule su intervención con el servicio Zonal de Promoción y Protección de Derechos del Niño en Transición de La Plata a fin de establecer mecanismos que garanticen la vinculación familiar de los niños alojados con sus madres en dicha Unidad penitenciaria, las externaciones y las posteriores visitas con sus madres detenidas.
III.- Ordenar al servicio Zonal de Promoción y Protección de Derechos del Niño de La Plata , intervenga en el proceso de vinculación familiar de los niños alojados con sus madres en dicha Unidad penitenciaria, las externaciones y las posteriores visitas con sus madres detenidas
IV.- Ordenar al servicio Zonal de Promoción y Protección de Derechos del Niño de La Plata tome intervención con respecto a Matías, alojado actualmente en el Hogar Divina Luz , estableciendo un sistema de visitas que garanticen la vinculación fluida con su progenitora, Marta…, alojada en la Unidad Penitenciaria Nº 33, garantizando la continuidad del vínculo madre-hijo
v.- Ordenar al servicio Zonal de Promoción y Protección de Derechos del Niño de La Plata tome intervención con respecto a todos los niños alojados actualmente en el Hogar Divina Luz que se encuentren con sus derechos vulnerados, a cuyo fin acompaño copia de los informes pertinentes.

Diagonales

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Unidad Penal 33 de Los Hornos

Declaran ilegal el alojamiento en un hogar de hijos de detenidas

17-12-2009 / Una jueza del Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil ordenó regularizar la situación de once nenes, hijos de madres detenidas en la Unidad Penal N º33 de Los Hornos, alojados en un hogar religioso de Magdalena, lo que consideró como una "privación ilegal de la libertad". No tienen legajos ni DNI.


La Unidad Penal 33, donde permanecen alojadas las madres de los nenes alcanzados por el fallo

Los chicos son albergados sin control del servicio Zonal de Promoción y Protección de Derechos del Niño en Transición de La Plata , carecen de legajos y DNI, y no están en manos de personas capacitadas, afirma la justicia. El fallo -que fue firmado el 9 de diciembre pero que trascendió ayer- surgió tras la presentación de un habeas corpus por Matías, de 5 años, quien creció tras las rejas, fue externado y no visita periódicamente a su mamá.
La jueza Blanca Lasca resolvió favorablemente un habeas corpus presentado por el Comité contra la Tortura de la Comisión Provincial por la Memoria , que detectó que Matías había sido alojado en el Hogar Luz Divina de Magdalena, por decisión del Consejo Asistido de la Unidad N º 33 del Servicio Penitenciario Bonaerense (SPB), tras la autorización de la madre del chico.
"El fundamento de la presentación es que el contacto de Matías con su madre se da a veces, porque depende de la capacidad de la gente del Hogar, que lo traen cuando vienen a la Unidad 33", explicó Laureana Malacalza, del Comité.
La permanencia de los chicos en ese Hogar se realiza sin dar cumplimiento a lo establecido por la Ley 13.298 de Promoción y Protección de los derechos del Niño, y sin el control ni participación de los Servicios Local y Zonal de Promoción y Protección de Derechos del Niño que dependen del ministerio de Desarrollo Humano.
En su resolución, Lasca ordenó "al consejo asistido (a que) articule su intervención con el servicio Zonal de Promoción en Transición de La Plata a fin de establecer mecanismos que garanticen la vinculación familiar de los niños alojados con sus madres en dicha Unidad penitenciaria, las externaciones y las posteriores visitas con sus madres detenidas".
Además, el fallo obliga al servicio Zonal a que "intervenga", y que establezca "un sistema de visitas que garanticen la vinculación fluida (de Matías) con su progenitora, Marta, garantizando la continuidad del vínculo madre-hijo".

IRREGULAR. En las cárceles de la Provincia está permitido que los niños convivan hasta los 4 años con sus madres. Pero el Comité detectó que cuando la detenida carece de familia, "organizaciones no gubernamentales (sobre todo de carácter religioso) solicitan la autorización de las madres para sacar a los niños/as de las unidades penales", autorizaciones que se realizan de manera "arbitraria e ilegal", subrayó Malacalza.
Además, la Justicia detectó que "la permanencia de los niños en el Hogar (de Magdalena) es irregular, dado que no existe documentación ni autorización legal de ningún organismo que lo acredite. No existen legajos, ni historias sociales, ni DNI de los niños. El establecimiento no posee equipo profesional, (…) el personal a cargo de la institución no posee capacitación, apelando al sentido común y a la voluntad, no teniendo registro de la responsabilidad que están asumiendo".

1 comentario:

  1. Conozco a Matías y a ese Hogar Maravilloso,se que lo llevaban al colegio,tenia amigos,festejaban su cumpleaños,sin pedir dinero a nadie,solo personas de buen corazón que aman a Dios y desean bendecir al prójimo,si hubieron irregularidades en cuanto a lo legal fue por desconocimiento,y seguramente no contaban con los medios para llevarlo seguido a la Unidad.También se que la madre salio de la carcel y que nunca vino a ver a Matías a pesar de que el Hogar insistía en que se lo lleve con ella,ni su madre,ni sus familiares se acercaron,las autoridades locales se contactaron conla familia,sin lograr respuesta alguna.
    Ojalá haya mas gente que ayude a niños como Matías,desinteresadamente comolo hizo este hogar en su momento.
    Vanesa.Ciudadana de Magdalena.

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